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La inmovilización, es un procedimiento que consiste en la suspensión de circulación y el traslado de un automotor, por parte de las autoridades de tránsito a un patio municipal o parqueadero autorizado, debido a la infracción de una o más normas de tránsito.

Si la causa de la sanción puede ser subsanada en el sitio, la autoridad deberá detener la inmovilización. Por ejemplo, si la infracción es otorgada por no portar el pase de conducción, el conductor tendrá un tiempo estimado para presentarlo (entre 30 y 45 minutos) antes de que se lleven el vehículo.

Igualmente, el artículo 127 de Código Nacional de Tránsito establece que si el vehículo está mal estacionado, la autoridad de tránsito competente no podrá inmovilizar el vehículo si el propietario se encuentra en el lugar. Únicamente habrá lugar a la imposición del comparendo y a la orden de movilizar el vehículo.

Infracciones que me llevan a la inmovilización del vehículo:

  • Que el vehículo no tenga placas o permiso vigente.
  • No portar la licencia de conducción.
  • Conducir con el pase vencido.
  • Conducir un vehículo con placas adulteradas.
  • Portar una sola placa.
  • Conducir un vehículo con placas falsas.
  • Presentar licencia de conducción adulterada o ajena.
  • No informar a la autoridad de tránsito el cambio de motor o color de un vehículo.
  • No pagar el peaje en los sitios establecidos.
  • Cometer infracciones ambientales.
  • Guiar un vehículo sin tener la licencia de conducción de categoría correspondiente.
  • No portar los seguros ordenados por la Ley (SOAT).
  • Conducir en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
  • Que el carro no tenga luces o dispositivos luminosos.
  • Transportar personas y sustancias peligrosas a la vez.
  • Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
  • Transportar carga con peso superior al autorizado.
  • Usar combustibles no regulados.
  • Transitar por zonas restringidas o en horarios prohibidos.
  • Estacionar en sitios prohibidos.
  • Cuando hay un accidente de tránsito con lesionados.
  • No respetar los horarios de pico y placa.
  • Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo.
  • Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad.
  • No respetar las normas establecidas por la autoridad competente para el tránsito de cortejos fúnebres.
  • No respetar las formaciones de tropas, desfiles, procesiones, entierros, y manifestaciones públicas autorizadas.
  • Remolcar otro vehículo violando lo dispuesto por el Código Nacional de Tránsito.
  • Lavar vehículos en la vía pública, los ríos, los canales, o las quebradas.
  • Llevar niños menores de 10 años en el asiento delantero.